cosas que veo, cosas que pienso
pensamientos y reflexiones de una dispersa curiosa, melómana aunque no lo parezca aquí
8 de agosto de 2026
7 de agosto de 2026
Fractura de Olécranon: los antecedentes
El 30 de abril sufrí un accidente tonto, por correr a coger el tranvía. No suelo correr por la calle, para ¿qué? Pero había quedado a coger el tranvía de las 9:29 y cuando estaba llegando a eso de las 9:23 veo que estaba adelantado. Y como en la siguiente parada lo iba a coger P., el amigo de los paseos de los jueves, eché una carrera. Y al ir a subir al andén acortando para picar el billete, me torcí el tobillo (eso lo he sabido meses después), tropecé y caí sobre el andén.
Con tan mala fortuna que dos días después la herida del codo se reveló como una fractura completa del olécranon (video sobre el olécranon). Que es uno de los extremos del cúbito que forma la articulación del codo. El día de la caída no quise ir a urgencias, dos superamables agentes de seguridad me curaron una fea herida en la espinilla izquierda en Atención al Cliente del metro de Benimaclet y el empleado me dejó descansar en una silla más de una hora, hasta que me vi con fuerzas y volví a casa.
Me operaron el día 8 de mayo (en urgencias me enyesaron y me dijeron que me llamarían lo antes posible). El 19 de mayo me quitaron la primera tanda de grapas, y el 26 de mayo la segunda. Tuve cita con la rehabilitadora, y me dijo que me llamarían. Mientras, me dio unas hojas de ejercicios y me conminó a hacerlos, porque si no ..... El cirujano también me vio poco después de la operación y me dijo que era importante que empezara la rehabilitación YA. Por eso el anuncio de la rehabilitadora de la lista de espera para la rehabilitación me mosqueó. Y más cuando empecé a seguir los ejercicios y la pauta que me había marcado. Volveré sobre el tema.
Finalmente me llamaron para la rehabilitación: empezaba el 6 de julio. ¡dos meses después de la operación, y 1 mes o más después de la primera cita con el cirujano! En la segunda cita con el cirujano, antes de empezar con la rehabilitación, me vio, me riñó y me forzó el brazo buscando la extensión haciéndome dar un grito (me sujetó la muñeca y el hombro y estiró).Por cierto, que la impresora del traumatólogo de urgencias, del 2 de mayo, sí funcionaba correctamente. Le pedí ver la radiografía en la pantalla, y amablemente me la imprimió y me la dio junto con la documentación que me llevé de urgencias. Es la única radiografía que tengo en soporte físico. Porque ¡el portal de la web del paciente sigue sin funcionar desde hace meses!
El primer fisioterapeuta del barrio que vi me dijo que con ese tipo de intervención, y vista la radiografía (el cirujano hizo una foto de su pantalla en mi móvil, porque la impresora no funcionaba), no se atrevía. Conseguir una cita con otro me costó dos semanas. Y cuando tenía ya programada la segunda cita para el 7 de julio, me llamaron para el 6 de julio en el Clínico, y casi a la vez mi cita con el fisio del barrio se anuló porque le habían dado la baja.
Para mi fisio, Andrea, en el Clínico solo puedo tener alabanzas. Está preparada, es competente, buena gente y creo que en la sala que comparte con más fisios y atendiendo dos, tres o cuatro pacientes a la vez es la que más curra. Trabajar en esas condiciones debe de suponer un estrés importante, atender dos, tres o cuatro personas a la vez en una hora, y más cuando alguna de ellas es recién llegada, debe de ser agotador. Físico también, pero especialmente mental.
Incidencia número 1:
Llevaba 3 semanas de rehabilitación cuando tuve visita con la rehabilitadora. En la primera ya había medido los dos ángulos que miden: flexión y extensión, y se tomó su tiempo para ello. En la segunda lo hizo en un santiamén: uno y luego otro. Y dictó que podía/debía seguir.
Como buena hija de mi madre (según mi sobrino), que es muy preguntona, le pregunté cuáles eran los criterios para seguir o no seguir, porque mi fisio los ignoraba (yo aluciné cuando me dijo que igual ya no nos veíamos más, que eso dependía de la rehabilitadora). Me contestó que cuando ya no hubiera mejoría. Y que una suplente me vería dentro de tres semanas.La cita con la suplente fue bien y mal. La vez anterior, con la rehabilitadora titular, ya había tomado nota de mis ángulos: los de la primera visita y los de la segunda, así que esta vez le pregunté a la suplente cuáles eran los valores. La verdad es que para medir los ángulos no lo hizo deprisa y corriendo, sino que me dejó movilizar el codo entre extensión y flexión. ¡Había mejorado! Pese a ello, me quería dar el alta. Protesté y protesté, y al final, seguramente por ser sustituta, cedió. Me dio todas las explicaciones que yo ya conocía (que no siempre se alcanza la extensión completa, y que hay gente que con su codo sano flexiona menos que yo con el operado).
Pero no he currado lo que he currado, en el clínico y en casa, para contentarme y consolarme con lo que otros no consiguen. Y menos cuando la titular me da un criterio y la suplente quiere (¿o debe?) imponer otro. Una persona amable, que se sintió obligada a repetirme más de una vez lo que yo ya conocía. Incluso me dijo que pasado un año, si la placa y la tornillería me molestaban, me podían volver a operar. Cosa que no. He tenido suerte con la cicatrización y ningún tipo de problema posquirúrgico y a mi edad no quiero tentar la suerte. Los tejidos de una jubilada no son los de una adolescente o una persona joven.
Epílogo:
El viernes me llamaron del Clínico: no sigo la rehabilitación lunes y miércoles por la mañana, es decir, dos días por semana, sino ya solo un día, el viernes. Me parece bien. Ya hay mucho que puedo hacer sola en casa y es verdad que cuanto antes me den el alta, antes puede entrar otra persona.
Pero insisto en no recibir el alta sin que alguien se tome el tiempo de explicarme qué puedo y qué no debo hacer. O que en su defecto me den una o dos hojas con consejos y explicaciones. No como lo que me dio la rehabilitadora en la primera cita. Hasta ahora ha sido ChatGPT, porque nadie tiene tiempo o ganas para pararse a contestar preguntas y motivar la respuesta. Y ChatGPT es un interlocutor no del todo fiable, me toca luego investigar si no ha estado alucinando (cuando no me da fuentes, cuando me las da es más sencillo).
Pero eso será objeto de otra entrada. Basta por ahora.
6 de agosto de 2026
Titulares de prensa y formación democrática
Conversación matutina con ChatGPT
A propósito de este artículo en El Plural: El reparto de menores de Ceuta evidencia la insolidaridad de PP y Vox y agrava la fractura territorial
A falta de compañeras/os de tertulia "a mano" a veces me pongo a charlar con ChatGPT, cuya suscripción he mantenido después de la jubilación.
*********************************
Me puedes recordar si el reparto de Menores No Acompañados impuesto a las comunidades autónomas españolas (como es lógico que sea así) lo es por Iey? Por qué clase de norma?
Sí. Desde 2025, el mecanismo de reparto obligatorio de menores extranjeros no acompañados entre las comunidades autónomas tiene rango de ley, aunque conviene distinguir dos niveles normativos:
1. La norma que crea la obligación es un Real Decreto-ley:
• Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.
2. Ese Real Decreto-ley modifica la Ley Orgánica 4/2000, de Extranjería, introduciendo un mecanismo permanente para los supuestos de "contingencia migratoria extraordinaria". La modificación recae sobre preceptos de la Ley de Extranjería que no tienen carácter orgánico, por lo que podían ser modificados mediante un real decreto-ley. Esto fue objeto de debate cuando se aprobó la norma, pero el propio decreto-ley justifica expresamente que no altera los artículos de naturaleza orgánica.
En consecuencia:
• La obligación de repartir menores tiene fuerza de ley.
• No nace de un simple reglamento ni de un acuerdo político.
• Los Reales Decretos posteriores (como el RD 743/2025 y su actualización de 2026) no crean la obligación, sino que desarrollan técnicamente el sistema: fijan la capacidad ordinaria de acogida de cada comunidad y permiten aplicar los criterios previstos en la Iey.
Por tanto, si alguien afirma que el reparto es una decisión discrecional del Gobierno, jurídicamente no es correcto. El Gobierno puede desarrollar y ejecutar el mecanismo, pero la base jurídica del reparto obligatorio está en una norma con rango de Iey, el Real Decreto-ley 2/2025, que modificó la Ley de Extranjería.
Como matiz jurídico, un real decreto-ley tiene rango de Iey desde su publicación, pero debe ser convalidado por el Congreso en el plazo de treinta días (art. 86 CE). Una vez convalidado, mantiene plenamente su eficacia, salvo que posteriormente sea derogado o declarado inconstitucional.
Me pregunto si un titular de este tipo: "El reparto de menores de Ceuta evidencia la insolidaridad de PP y Vox y agrava la fractura territorial - Los ejecutivos autonómicos gobernados por ambas formaciones mantienen el rechazo al plan del Gobierno, mientras la dirección nacional de los populares evita asumir el discurso de Santiago Abascal" no está blanqueando lo que en realidad es un desacato, rebeldía o insumisión, por llamarlo más propiamente?
Tu observación apunta a una cuestión de precisión jurídica y de encuadre periodístico.
Desde un punto de vista político, un medio puede describir la actitud de esas comunidades como "rechazo", "insolidaridad" o "fractura territorial". Son términos valorativos que interpretan el comportamiento.
Pero desde un punto de vista jurídico, si existe una obligación impuesta por una norma con rango de Iey, la cuestión relevante ya no es si una comunidad "está en desacuerdo", sino si está cumpliendo o incumpliendo una obligación legal.
Ahora bien, tampoco conviene emplear automáticamente términos como "desacato", "rebeldía" o "insumisión", porque en Derecho tienen matices:
• Desacato ya no existe como delito en el Código Penal español. En el lenguaje común se usa para describir una desobediencia a la autoridad, pero jurídicamente no es la expresión técnica adecuada.
• Rebeldía tiene significados procesales muy concretos (por ejemplo, la rebeldía del demandado en un procedimiento civil) y tampoco describe bien este supuesto.
• Insumisión tiene un fuerte contenido histórico y político (la negativa al servicio militar), por lo que funciona mejor como metáfora que como calificación jurídica.
Si una comunidad autónoma se negara a aplicar una Iey estatal válida y vigente, las expresiones más ajustadas serían, por ejemplo:
• incumplimiento de una obligación legal;
• desobediencia institucional (si se acredita una negativa deliberada a cumplir);
• incumplimiento del deber de colaboración con el Estado, cuando proceda;
• o, sencillamente, negativa a ejecutar una norma con rango de ley.
En ese sentido, el titular que citas pone el foco en el juicio político ("insolidaridad") y en la estrategia de los partidos ("fractura territorial"), desplazando a un segundo plano la cuestión jurídica, que podría formularse así: ¿están incumpliendo una obligación legal o simplemente impugnándola por las vías previstas?
Y ahí está el matiz importante. En un Estado de Derecho una administración puede:
1. recurrir una Iey o un acto ante los tribunales;
2. solicitar su suspensión cuando el ordenamiento lo permita;
3. discrepar públicamente de ella.
Lo que no puede, en principio, es decidir unilateralmente no aplicarla mientras siga siendo vigente, salvo que exista una resolución judicial que suspenda su eficacia o una previsión legal que lo autorice.
Por eso, antes de hablar de "desobediencia institucional" habría que comprobar en qué fase está cada comunidad: si simplemente ha anunciado su oposición política, si ha interpuesto recursos y sigue cumpliendo provisionalmente, o si efectivamente está dejando de ejecutar una obligación legal. Esa diferencia es decisiva para la calificación jurídica, aunque desde el punto de vista periodístico un titular como el que citas opte por destacar la dimensión política del conflicto antes que la jurídica.
A mí me molesta esta presunta "blandenguería" de la prensa crítica, porque me temo que es una actitud defensiva ante una actitud matonesca por parte de sectores de la extrema derecha (Manos Limpias, etc.) que aprovechan cualquier mínima crítica para convertirla en ofensa, llevarla a los tribunales y con un poco de suerte, amargar la vida a un periodista o incluso a un periódico entero
Es una preocupación que comparten bastantes analistas y profesionales del periodismo, aunque las explicaciones que se dan no son todas las mismas.
Una hipótesis es la que planteas: que algunos medios moderen el lenguaje para reducir el riesgo de demandas, querellas o campañas de presión. En los últimos años se ha hablado mucho del uso de litigios estratégicos contra la participación pública (las llamadas SLAPP, por sus siglas en inglés), es decir, procedimientos judiciales que, con independencia de sus posibilidades de prosperar, pueden tener un efecto disuasorio sobre periodistas, activistas o investigadores. Ese fenómeno está reconocido por instituciones europeas, que incluso han impulsado medidas para limitarlo.
Pero no es la única explicación posible. También influyen otros factores:
• La cultura profesional de muchos medios de separar, al menos en los titulares, la descripción de los hechos de su calificación jurídica. Un periodista suele preferir escribir "rechaza cumplir el reparto" antes que "incumple la Iey", salvo que exista ya una resolución administrativa o judicial que constate formalmente el incumplimiento.
• El temor a que un término jurídicamente cargado pueda ser considerado una afirmación de hecho insuficientemente acreditada. Es distinto decir "el Gobierno sostiene que incumple la Iey" que afirmarlo categóricamente en un titular.
• La propia dinámica periodística: un titular busca atraer al lector y suele privilegiar el conflicto político ("fractura", "choque", "pulso") frente al análisis jurídico.
Ahora bien, también es cierto que algunos críticos sostienen que esa cautela puede acabar desdibujando la naturaleza del conflicto. Si una administración está jurídicamente obligada a hacer algo y anuncia que no lo hará, describirlo únicamente como un "rechazo" puede hacer que el lector lo perciba como una simple discrepancia politica entre opciones igualmente legítimas, cuando existe además una dimensión de cumplimiento del ordenamiento.
En definitiva, tu interpretación —que existe una cierta autocontención por miedo a la presión judicial o política de determinados actores— es una hipótesis plausible y respaldada por algunos periodistas y estudios sobre libertad de prensa. Pero atribuir un titular concreto a ese motivo exigiría conocer cómo se decidió en la redacción; también podría obedecer a criterios editoriales de prudencia jurídica o de estilo periodístico.
Quizá el fondo de la cuestión sea este: el lenguaje nunca es neutral. Elegir entre "rechazar", "incumplir", "desobedecer" o "incurrir en un incumplimiento legal" no solo describe unos hechos; también sitúa al lector en un determinado marco interpretativo. Por eso esas elecciones generan tanto debate.
Entiendo lo que explicas. Lo que me pregunto entonces es si lo de anunciar a bombo y platillo el rechazo al reparto no será una táctica preelectoral para introducir o reforzar la polarización o incluso para ganar nuevos votantes entre un electorado poco formado que pueda "sentirse" de centro o socialmente comprometido, pero esté siendo intoxicado sistemáticamente con mensajes xenófobos a nivel ambiental
Esa es una hipótesis política razonable y, de hecho, encaja con marcos de análisis utilizados en ciencia política y comunicación. Lo que no puede afirmarse como un hecho demostrado respecto a un caso concreto sin evidencias internas de los partidos.
Hay varios mecanismos que la literatura describe:
• Movilización por temas ("issue ownership"). Un partido intenta convertir un asunto —como la inmigración— en el eje principal del debate porque considera que es donde parte con ventaja frente a sus adversarios.
• Polarización afectiva. Más que convencer al votante con argumentos nuevos, se busca reforzar la identificación con "los nuestros" y el rechazo a "los otros". Los mensajes muy contundentes suelen ser eficaces para este objetivo.
• Señalización al electorado. Anunciar públicamente que no se aplicará una medida puede tener un valor simbólico incluso si después la realidad jurídica obliga a matizar la posición. El mensaje político ya ha llegado a quienes se quería llegar.
• Desplazamiento de la agenda. Si la conversación pública gira durante semanas en torno a la inmigración, otros asuntos (sanidad, vivienda, financiación autonómica, etc.) pueden perder protagonismo.
Respecto a la segunda parte de tu reflexión —la posibilidad de atraer a personas que se consideran moderadas pero están expuestas de forma continuada a mensajes xenófobos —, también hay investigación relevante. Los estudios sobre framing, agenda setting y exposición repetida muestran que la repetición constante de determinados marcos puede modificar qué problemas percibe la ciudadanía como prioritarios y cómo los interpreta.
Eso no significa que las personas sean receptores pasivos ni que toda exposición produzca el mismo efecto; intervienen la educación, las experiencias personales, el entorno social, la confianza en las fuentes y muchos otros factores.
Por eso, en investigación suele evitarse una formulación como "electorado poco formado", porque puede sugerir que existe una relación simple entre nivel educativo y comportamiento político. La evidencia es más compleja: el voto a partidos de derecha radical aparece en grupos con niveles educativos muy diversos, y las variables que mejor explican su apoyo suelen combinar percepciones de inseguridad, identidad cultural, confianza institucional, situación económica y consumo de determinados medios o redes sociales.
Lo que sí parece bastante sólido es que la inmigración puede convertirse en un tema altamente emocional, donde las percepciones no siempre guardan una relación estrecha con los datos objetivos sobre flujos migratorios, delincuencia o uso de servicios públicos. En ese terreno, la forma en que los actores políticos y mediáticos presentan el asunto adquiere un peso considerable.
En resumen, es perfectamente defendible como hipótesis analítica decir: "1o oposición [rontal al reparto de menores puede formar parte de una estrategia para reforzar la centralidad política de la inmigración y movilizar a determinados segmentos del electorado." Lo que ya requeriría pruebas específicas es atribuir esa intención como el motivo efectivo de la estrategia de un partido concreto.
Cuando hablo de electorado poco formado me refiero a la falta de formación política, no al nivel educativo. Como es una de mis ideas centrales: la de que desde la muerte de Franco no ha habido formación política en democracia, y que a medida que va pasando el tiempo, se desdibuja la memoria por envejecimiento y fallecimiento de los protagonistas del cambio a una democracia (a nivel local, no me refiero al nivel de los representantes políticos) esa falta de formación está permitiendo que perdamos grados de democracia
Ese matiz cambia bastante el sentido de lo que decias, y creo que conviene distinguirlo porque no es lo mismo "bajo nivel educativo" que "escasa formación cívica o política".
La idea de que una democracia necesita una ciudadanía con conocimientos mínimos sobre el funcionamiento de las instituciones no es en absoluto marginal. Autores como Robert A. Dahl, o Pierre Rosanvallon, desde perspectivas distintas, han defendido que la calidad democrática depende no solo de celebrar elecciones, sino también de la capacidad de los ciudadanos para comprender, deliberar y controlar el poder.
En España, además, existe un debate específico sobre la Ilamada cultura democrática. Tu tesis podría resumirse así:
• La Transición logró implantar instituciones democráticas.
• Sin embargo, no se consolidó un proyecto continuado de educación política de la ciudadanía.
• Mientras vivían quienes habían experimentado la dictadura, existía una memoria social que suplía en parte esa carencia.
• A medida que esa memoria desaparece, las nuevas generaciones tienen menos referencias para reconocer qué prácticas fortalecen o erosionan una democracia constitucional.
Esa es una hipótesis perfectamente defendible como objeto de debate. Otra cuestión es que pueda demostrarse empíricamente en todos sus extremos.
Donde sí habría discusión entre especialistas es en la explicación de por qué no se produjo esa formación. Algunos sostienen que durante la Transición hubo una decisión implícita de evitar una enseñanza política intensa para no reabrir conflictos ideológicos y priorizar el consenso constitucional. Otros creen que sí hubo educación cívica, pero de forma intermitente, poco sistemática o demasiado centrada en contenidos descriptivos ("qué es el Congreso", "cómo se vota") y muy poco en el desarrollo de competencias democráticas: distinguir hechos de opiniones, identificar falacias, comprender la separación de poderes, valorar el pluralismo o analizar críticamente la información.
Creo que tu planteamiento tiene un elemento especialmente interesante: no identificas la formación política con la adhesión a una ideología determinada. Si entiendo bien lo que planteas, para ti una buena formación política consistiría en que cualquier ciudadano, sea de izquierdas, de derechas o de centro, supiera responder preguntas como:
• ¿Qué diferencia hay entre una Iey y un reglamento?
• ¿Qué significa que una comunidad autónoma está obligada por una Iey estatal?
• ¿Qué funciones tiene el Tribunal Constitucional y cuáles no?
• ¿Qué distingue una crítica política de una responsabilidad penal?
• ¿Cómo se controla jurídicamente a un gobierno?
Ese tipo de conocimientos no dicen a nadie qué debe pensar, sino que proporcionan herramientas para evaluar críticamente los discursos políticos.
En ese sentido, enlaza con algo que has mencionado en otras ocasiones sobre tu interés por la educación política de la ciudadanía. Si el objetivo es que las personas puedan participar de forma autónoma y crítica en la vida pública, la formación democrática no sería un complemento de la democracia, sino una de sus condiciones de funcionamiento.
4 de agosto de 2025
A propósito de la prescripción
POR LA SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN EN DELITOS FISCALES Y DE CORRUPCIÓN CUANDO EXISTA ENCUBRIMIENTO INSTITUCIONAL
Una democracia socavada desde dentro
En un estado autodenominado de derecho en el que casi la totalidad de los ricos y poderosos se pasen por el forro el cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante artificios contables y jurídicos no se puede esperar del ciudadano común ningún respeto por la ley o por las instituciones del país. En el nuestro, mientras el ciudadano de a pie soporta una fiscalidad rigurosa y sin margen de error, las grandes fortunas, corporaciones y redes de poder se encuentran cómodamente "a salvo" del sistema, en las numerosas grietas del mismo.
Con los recientes escándalos de corrupción fiscal, como es el caso del exministro Cristóbal Montoro, vemos con claridad cómo algunos y algunas han gozado de privilegios fiscales indebidamente adquiridos gracias a la mediación de despachos privados estrechamente vinculados al poder político. Lo peor es que a pesar de la magnitud del fraude, una vez descubierto, el Estado carece de herramientas eficaces para recuperar lo robado.
La prescripción un elemento clavo para la impunidad
La legislación actual en materia penal y tributaria establece que el plazo de prescripción de un delito comienza a contar desde el momento en que se comete el hecho. Este principio, que podría tener sentido en un sistema transparente y simétrico, se convierte en un instrumento de total y absoluta impunidad cuando el delito es deliberadamente ocultado por quienes ostentan el poder o cuando desde el propio aparato del Estado hay quien colabora en su encubrimiento.
Así, mientras en el mundo del comercio el plazo para reclamar por una mercancía defectuosa comienza cuando se descubre el fallo, en el mundo de las finanzas públicas el plazo para juzgar un fraude comienza incluso antes de que pueda saberse que ha ocurrido. Esto no solo es incoherente: es social y democráticamente inaceptable.
El encubrimiento institucional como agravante y causa de suspensión
Cuando existe participación, encubrimiento o negligencia intencionada por parte de alguna o algunas autoridades públicas en un delito fiscal o de corrupción, el sistema jurídico debería reaccionar con la mayor de las firmezas. La complicidad institucional no puede ser premiada con la prescripción, sino que debe ser considerada una causa de suspensión del plazo para investigar, juzgar y sancionar.
El Derecho comparado ofrece ejemplos claros: en países como Italia, Brasil o Chile, se han aprobado normas que permiten suspender o ampliar los plazos de prescripción cuando el delito se ha visto encubierto o cuando afecta directamente a la integridad institucional.
Propuesta de reforma legal
Los ciudadanos y ciudadanas deberíamos pedir al Congreso, en pleno, la introducción de una cláusula clara u operativa en el Código Penal y en la Ley General Tributaria del siguiente tenor:
"En los delitos económicos, fiscales o de corrupción en los que medie encubrimiento doloso, fraude procesal o participación de autoridades públicas que impidan su detección, el plazo de prescripción quedará suspendido hasta el momento en que cese dicha situación de ocultación o el hecho delictivo sea conocido por la administración competente o la justicia."
Porque esta medida
- Reforzaría el principio de igualdad ante la ley.
- Protegería los intereses públicos frente a las redes de corrupción institucionalizada.
- Disuadiría el uso del poder público para favorecer la impunidad.
- Reestablecería la simetría entre lo que se exige al ciudadano común y a quienes gestionan lo público.
Llamamiento
No se trata de un tecnicismo legal. Se trata de una decisión política de fondo: o bien se sigue permitiendo, seguimos permitiendo todos y todas, que los delitos cometidos desde el poder queden impunes por el simple paso del tiempo, o bien se reforman nuestras leyes para garantizar que la justicia pueda actuar incluso cuando el delito haya sido cuidadosamente ocultado.
Debemos reclamar al legislador, a los partidos políticos, a la ciudadanía organizada y a las instituciones democráticas que impulsen esta reforma, pero ya. Ya ha pasado demasiado tiempo desde que los españoles y las españolas decidimos vivir en democracia, aprobando en su momento la constitución que nos presentaron los legisladores. Y una constitución no son las tablas de la ley esculpidas en piedra: la constitución en un estado democrático es expresión de una voluntad común de convivencia pacífica y solidaria. Y si algo en la actual constitución no nos sirve habrá que cambiarlo. Los tiempos cambian, nuestra forma de vivir cambia, no puede ser que tengamos una constitución, que es la madre de todas las leyes, en la que no tengan cabida las nuevas formas y costumbres que nos han traído la tecnología y las nuevas formas de interacción social.
Tiene que quedar claro para todo el mundo, para los gobernantes y para los gobernados: quien usa el poder para encubrir el delito no debe beneficiarse del olvido, sino enfrentarse a la ley con toda su fuerza.
1 de junio de 2025
menos ordenadores y más profesores
Por casualidad me he tropezado con un vídeo de un educador, y mi alma (y mi licenciatura) de pedagoga le ha aplaudido a tope, especialmente tras haberme tirado un curso repasando matemáticas de 2º-3º de ESO con un joven que en nueve años de escolarización no aprendió ni las tablas de multiplicar, y al que el razonamiento lógico-matemático le cuesta mucho. Y es un joven con una inteligencia superior a la media, pero totalmente desaprovechada desde el punto de vista académico.
Y puestos a compartir, otro vídeo con el que me he encontrado y que me ha ayudado a comprender algunas cosas incluso de mí misma (mis remoloneos matutinos y mi propia productividad como traductora (ahora me he jubilado). Aunque ahora mi día a día ya no viene marcado por el trabajo remunerado..
23 de mayo de 2025
La vivienda como mercancía
Los gobiernos y la UE han permitido que la banca y las empresas hayan jugado con las viviendas como antaño hicieron los especuladores con los tulipanes, allá por el siglo XVII. Con la diferencia de que los tulipanes eran objetos decorativos y sin otra finalidad. Mientras que las viviendas satisfacen una necesidad primaria, como es el techo, y en nuestras sociedades avanzadas, un hogar.
Cuando ya apenas quedaba ningún otro bien de primera necesidad, los buitres se fijaron en las viviendas. Hacía tiempo ya que habían descubierto el punto débil de las democracias avanzadas: la protección del pequeño consumidor. De modo que había que incluir al pequeño y mediano ciudadano de a pie en el negocio especulativo de la vivienda, como antes se le había incorporado al negocio bursátil. Se le invitaba a participar del festín a través de fondos de todo tipo, desde pensiones hasta de alto riesgo, o bonos, o participaciones o incluso inversiones directas. Con la excusa de que no se puede dejar caer al pequeño inversor los grandes actores financieros jugaban alegremente en el gran casino de la bolsa, sabedores de que en caso de quiebra los estados acudirían con sus haciendas públicas al rescate. Emitiendo deuda pública que es adquirida por los buitres ganadores en el casino. Todo queda en casa.
Volviendo a la vivienda. Cuando ya las burbujas inmobiliarias y el gran negocio de la construcción de viviendas residenciales estaba a punto de petar, ha aparecido un nuevo nicho de negocio: Sacar viviendas del parque residencial para dedicarlas a la industria del ocio (turismo) y "trocear" los activos bancarios correspondientes a las hipotecas para lucrarse con los despojos del estallido de la burbuja inmobiliaria.
Ha aparecido una nueva industria: la gestión de viviendas procedentes del parque residencial y comercial reacondicionadas en turísticas. No es que los arrendadores ahora se dediquen al negocio turístico. Se han reconvertido en rentistas, que obtienen sus rentas de una actividad industrial: la gestión de las viviendas turísticas por parte de grandes, medianos y pequeños operadores.
Sólo en Valencia han aparecido en unos pocos años media docena de los grandes, a los que hay que sumar despachos de abogados, agentes inmobiliarios o profesionales de la obra dedicados a esta industria, amén de los listillos de siempre, que aprovechan el momento para hacer su agosto personal:
GuestReady (su web. NO INCLUYE AVISO LEGAL)
Ofrece una gestión integral de alquileres turísticos en Valencia, incluyendo fotografía profesional, optimización de precios, check-in, limpieza y mantenimiento. Su comisión se basa en un porcentaje de los ingresos por alquiler.ValenciaGuest (su web / empresa según Aviso Legal)
Especializados en la gestión de inmuebles en alquiler vacacional, garantizan la máxima rentabilidad de la inversión sin preocupaciones para los propietarios. Ofrecen servicios como estrategias de venta, gestión de ingresos, check-in y mantenimiento.Weguest (su web / empresa según Aviso Legal; un consejero)
Proporciona servicios de gestión para pisos y apartamentos turísticos en Valencia, incluyendo atención al cliente, limpieza y mantenimiento.Nestify (su web, NO INCLUYE AVISO LEGAL)
Se encargan de gestionar propiedades en plataformas como Airbnb, ofreciendo servicios de optimización de ingresos, mantenimiento y atención al huésped.Freehost Valencia (su web / empresa según Aviso Legal)
Ofrecen gestión de alquileres vacacionales, incluyendo entrega de llaves, tours de la vivienda y soporte 24/7 para huéspedes.Homenfun (su web / empresa según Aviso Legal)
Especialistas en gestión integral de alojamientos turísticos, prometen más reservas, menos preocupaciones y mayores beneficios para las propiedades vacacionales.
Gente a la que ver, leer o escuchar
Alan Barroso es un joven politólogo activo en redes al que se puede entender y que analiza críticamente el panorama mediático.
Aquí un análisis de un programa en tv: una entrevista al Gran Wyoming en la que Alan Barroso aclara contexto para la gente más joven. Un momento clave: cuando Wyoming comenta que él es un termómetro sociológico: le insultan a gritos, le felicitan en voz baja.
También, aunque en clave de humor y sólo si sigues un poco la "actualidad" valen la pena los resúmenes semanales de Miguel Charisteas. Y los puedes ver sin publicidad mediante un "mecenazgo" más que económico en "Patreon".
Si tienes una suscripción en Filmin, o algún amigo o amiga que la tenga, vale la pena ver el documental "De interés general (un barrio por un parque)". Eldiario.es le dedicó un artículo:
Y last but not least, está Pandemia Digital. Podría decirse que es como la Agencia Efe del espectro crítico y alternativo. Su creador, Javier Macías Tovar ha estado vinculado a Podemos durante un tiempo, pero ya no. Aquí una reseña en CTXT, escrita por Pablo Iglesias.











