14 de octubre de 2023

El aumento de los delitos de odio y las redes sociales

 Le pregunté a ChatGPT y me contestó así:

¿Se ha estudiado la relación entre el aumento de los delitos de odio y las redes sociales?

Sí, se ha estudiado la relación entre el aumento de los delitos de odio y las redes sociales. Existe una creciente preocupación en la sociedad y entre los investigadores sobre cómo las plataformas de redes sociales pueden facilitar la propagación de discursos de odio, la radicalización y la incitación a la violencia.

Varios estudios han examinado esta relación y han encontrado evidencia de que las redes sociales pueden desempeñar un papel en el aumento de los delitos de odio de varias maneras:

  1. Facilitan la difusión de contenido de odio: Las redes sociales permiten que el contenido ofensivo se difunda rápidamente y alcance a una audiencia global. Esto puede contribuir a la normalización de actitudes y discursos de odio.

  2. Ecosistemas de burbujas: Las redes sociales a menudo utilizan algoritmos que muestran a los usuarios contenido similar a sus puntos de vista previos, lo que puede llevar a la creación de "burbujas de filtro" que refuerzan las creencias extremas y polarizadas.

  3. Anonimato y desinhibición: El anonimato en línea a menudo permite que las personas expresen opiniones extremas o agresivas que no expresarían en situaciones cara a cara.

  4. Radicalización en línea: Las redes sociales a veces se utilizan como plataformas para la radicalización, donde individuos pueden ser expuestos a discursos extremistas y reclutados para grupos extremistas.

  5. Incitación a la violencia: Algunos delincuentes de odio han utilizado las redes sociales para incitar a la violencia contra grupos específicos.

Los esfuerzos para abordar esta problemática incluyen la supervisión y moderación de contenido por parte de las plataformas, políticas más estrictas contra el discurso de odio, la colaboración con organizaciones antiodio y la educación sobre alfabetización mediática. Sin embargo, es un desafío continuo debido a la naturaleza abierta y global de las redes sociales.

Es importante destacar que no todas las interacciones en las redes sociales promueven el odio, y muchas personas y organizaciones utilizan estas plataformas para promover la tolerancia, la inclusión y la conciencia social. La relación entre las redes sociales y los delitos de odio es compleja y sigue siendo un tema de investigación y debate.

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He relacionado esta cuestión con una entrevista que realizó Pepa Fernández en el magazin finisemanal No es un día cualquiera a Marta Peirano. En ella contaba cómo facebook, pero no sólo esta red social, externaliza el control de los contenidos más nocivos.

El problema es que la contrata de facebook en España no respeta las leyes españolas. Porque según el CGPJ:

Están obligados especialmente a denunciar: los empleados o funcionarios públicos y los que conocieran la comisión de un delito por razón de su cargo, profesión u oficio

Si Facebook delega en una subcontrata mercantil, es decir, una persona jurídica, la labor de filtrar contenidos que suponen delitos de odio, o que documentan mediante imágenes delitos contra la integridad física, psíquica o moral de las personas, debe entenderse que es dicha persona jurídica la que está obligada a denunciar los delitos "por razón de su profesión u oficio".

Lo que no debería poder hacer impunemente es dedicarse a destruir las pruebas que documentan esos delitos. Y parece que es eso precisamente lo que está haciendo Facebook a través de las subcontratas como la catalana que menciona Marta Peirano. 

Porque el hecho de que no llegue a publicarse el contenido no significa que no se haya producido un delito, aunque sea un discurso de odio. En el caso de delitos contra la integridad física, psíquica o moral de las personas el hecho de no aportar a las autoridades encargadas de perseguir penalmente a los autores de delitos puede constituir una acción de encubrimiento:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:

1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.

2.º Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento.

En el caso de los discursos de odio el delito se ha producido, aunque sólo en "grado de tentativa", y sigue teniendo relevancia penal.

A los autores de tentativa de delito se les impondrá la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la Ley para el delito consumado, en la extensión que se estime adecuada, atendiendo al peligro inherente al intento y al grado de ejecución alcanzado.

Es evidente que cuantos más seguidores y seguidores de los seguidores tenga un perfil mayor será el "peligro" que puede suponer la publicación del contenido subido por el responsable del perfil.

Las redes sociales tienen la obligación de impedir que los usuarios "normales" se vean expuestos a delitos de odio o a imágenes que hieren su sensibilidad. Para eso están utilizando algoritmos y subcontratas. Pero también tienen la obligación de denunciar todos los delitos de los que tengan conocimiento. Y no la están cumpliendo. Se limitan a "borrar" las pruebas. No sólo eso, sino que exponen a empleados de las subcontratas a la exposición masiva de imágenes sin posibilidad alguna de defenderse frente a ellas, ni recibir ningún tipo de ayuda para contrarrestar los efectos de esta exposición masiva a imágenes y´videos perturbadores, y discursos de odio.

Estoy segura de que ningún empleado de la subcontrata catalana ha recibido ningún tipo de formación que tenga en cuenta la 

Circular 7/2019, de 14 de mayo, de la Fiscalía General del Estado, sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal

Con esta conducta incívica y hasta delictiva facebook y otras redes sociales están favoreciendo la proliferación de estas conductas, ya que los "malhechores" no reciben ninguna otra sanción que la de "no publicarlas" o, en caso de que escapen al radar de los algoritmos y de los empleados de las subcontratas, la posibilidad de ser denunciadas por las víctimas. Y como la primera denuncia debe ser a la red social, facebook ofrece una segunda oportunidad de que se ignore la denuncia y con ello se siga reforzando conductas incívicas o delictivas.

Servidora no es abogada, aunque por su profesión de traductora especializada en temas de derecho está familiarizada con el mundo de las leyes y los reglamentos. Y la única razón que se me ocurre para que policía y ministerio fiscal no se hayan tomado en serio esta realidad es que hay por medio mucho dinero y por ende mucho poder.




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